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martes, 19 de junio de 2018

Trabajar en Chile como Educador

En el 2014, el gobierno emitió un decreto donde daba permiso para que los profesores que no tuvieran la homologacion en mano pudieran trabajar, esto no los exime de hacer el tramite, solo les permite ejercer la profesión, por mientras.
Ahora como comencé este post, todo esto se puede decir que los involucrados no lo saben, si vas hoy a un colegio seguramente te pedirán la homologacion.
Entonces, acá les dejo el Decreto para que estén con pruebas en mano y no con “cuentos”, básicamente en el Decreto Nro. 352, Titulo II, Párrafo 1, Articulo 8, letra a):
a) A las personas que hubieren obtenido el título en el extranjero en países con los cuales no existan tratados o convenios vigentesSe autorizará dicho ejercicio transitoriamente, hasta por un lapso de cinco (5) años, y a fin de que la persona valide sus estudios a través de las Universidades o de los Institutos Profesionales, en los casos en que éstos puedan impartir carreras de pedagogía, estatales o reconocidos oficialmente. En todo caso, el postulante deberá poseer título de profesor o técnico en educación debidamente legalizado y dominio del idioma español, salvo que se trate de la enseñanza de un idioma extranjero.
Para completar la información sobre el aérea de educadores, les dejo un articulo de 2013 del Diario La Tercera publicado el 22 de Julio de 2013, donde se toca como la contratación de profesores extranjeros han ido creciendo en números, en las Universidades.

Ahora, a nivel de Educadores de nivel Básica o Media, también están avalados por lo anterior a ejercer, pero tienen un procedimiento para respaldar la contratación, y tiene el principio de “escasez de profesionales”, lo critico que este es un procedimiento que debe realizar antes del 1 de Febrero de cada año, ya que la habilitación tarda 30 días, y por ende estar en regla para el 1ro de Marzo cuando comienzan las clases. Estos pasos los debe realizar la Institución, cuando ha contratado a un educador y son:
  1. Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
  2. Diríjase a la secretaría regional ministerial o departamento provincial de educación correspondiente a la comuna de residencia del solicitante.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar autorización para el ejercicio docente a personas sin título.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado  la autorización para el ejercicio docente. Obtendrá una respuesta dentro de los 30 días siguientes a la fecha de solicitud.


Pero el detalle están en el portal de Chile Atiende.
Espero les ayude a estar mas empoderados y no desamparados, es deber de uno como extranjero saber los tramites, deja tus preguntas en los comentarios.

Fuente: venezolanosenchile.wordpress.com

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